

NOTICIA IMPORTANTE
A raíz de la aprobación del nuevo Reglamento de extranjería aprobado el 20 de noviembre de 2024, los actuales arraigos y demás permisos de residencia publicados en esta página web sufrirán cambios a partir del próximo 20 de mayo de 2025.
Todo lo que está publicado hasta el momento es según la normativa actual, por lo que si tiene dudas sobre lo que se tendrá en cuenta a partir del 20 de mayo de 2025 por favor espere a que se actualice la página o agende una cita con nosotros.
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Asesoramiento legal y personalizado en cuestiones de extranjería y nacionalidad española
Profesional dedicado a la Abogacía y asuntos internacionales. El estudio radica en La Línea de la Concepción (Cádiz) y ejerce su actividad en todo el territorio nacional y europeo.
PERMISOS DE RESIDENCIA / NACIONALIDAD ESPAÑOLA / GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN* / EXPULSIONES / ASISTENCIA AL DETENIDO / CENTRO DE INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS (C.I.E.) / LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS EXTRANJEROS
* En aplicación del artículo 33 de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, toda información proporcionada sobre "gestación por sustitución" desde esta web no constituirá publicidad alguna que tenga como fin la promoción de la práctica comercial para la gestación por sustitución, ya sea en España o en el extranjero, limitándose estrictamente al asesoramiento de las consecuencias legales que conllevan su práctica y, en su caso, de las opciones válidas existentes en el ordenamiento jurídico español para la filiación del menor una vez se encuentra en territorio español. La información dada no buscará promover la práctica de la gestación por sustitución sino como "salida" para aquellos padres comitentes que han realizado previamente un proceso de gestación por sustitución y desean regularizar la situación legal una vez han vuelto con el menor a España, tales como la obtención de un permiso de residencia, filiación del menor en virtud de la Instrucción de 5 de octubre de 2010 de la DGRN, adopción del menor, o la obtención de la nacionalidad española del menor, pero en ningún caso la publicidad o coordinación para el inicio del proceso de gestación por sustitución, práctica prohibida en España por la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida y por la mencionada Ley Orgánica 1/2023.

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