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NOTICIA IMPORTANTE 

A raíz de la entrada en vigor del nuevo Reglamento de extranjería desde el pasado día 20 de mayo de 2025, los anteriores Arraigos (familiar, laboral, para la formación y social) han sufrido grandes cambios, alguno de ellos desapareciendo y otros cambiando por completo su estructura.

Si usted ha pedido alguno de los anteriores, antes del 20 de mayo de 2025, y debe modificar a otro permiso de residencia por haberlo finalizado, no dude en contactar con nosotros y le guiaremos para seguir con su residencia en España.

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acuerdo gibraltar con la unión europea

El pasado día 11 de junio de 2025 se llegó a un acuerdo político entre España, Reino Unido y la Unión Europea para dar encaje al Brexit en Gibraltar. Se puede afirmar que lo acordado quedará plasmado en un tratado internacional y que posiblemente en octubre de 2025 se apruebe y entre en vigor lo más pronto posible.

Entre otros aspectos hay que aclarar que Gibraltar NO será parte del espacio Schengen, sino que tendrá un estatus especial y que en materia de extranjería será Gibraltar el que otorgue y deniegue los permisos de residencia en aquel territorio. España será la garante de las entradas y salidas para ciudadanos que no sean del espacio Schengen, a excepción de los británicos, siempre que se entre desde Gibraltar pero en ningún caso se entenderá como cesión de soberanía alguna por ninguna de las dos partes.

 

Esto en la práctica querrá decir que ciudadanos extracomunitarios como colombianos, chinos, venezolanos o peruanos podrán entrar con total normalidad en Gibraltar siempre que tengan permiso de residencia en España y no se encuentren en situación irregular. De lo contrario, Gibraltar podría iniciar expedientes de expulsión ya que ellos tienen total potestad para regular la inmigración en su territorio. Las entradas y salidas deberán hacerse siempre teniendo en cuenta la legislación gibraltareña y en ningún caso implicará autorización de trabajo automática para trabajar en Gibraltar por el hecho de ser residente en España.

Por tanto, y en resumen, tenemos que seguir esperando a que se tengan más noticias sobre el pretendido tratado internacional para conocer más detalles sobre las entradas y salidas al espacio Schengen desde Gibraltar, los pertinentes permisos de trabajo para los extracomunitarios residentes en España que deseen trabajar allí y sobre el estatus de los residentes legales en Gibraltar.


 

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Profesional dedicado a la Abogacía y asuntos internacionales. El estudio radica en La Línea de la Concepción (Cádiz) y ejerce su actividad en todo el territorio nacional y europeo.

PERMISOS DE RESIDENCIA / NACIONALIDAD ESPAÑOLA / GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN* / ASILO POLÍTICO / EXPULSIONES / ASISTENCIA AL DETENIDO / CENTRO DE INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS (C.I.E.) / LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS EXTRANJEROS

* En aplicación del artículo 33 de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, toda información proporcionada sobre "gestación por sustitución" desde esta web no constituirá publicidad alguna que tenga como fin la promoción de la práctica comercial para la gestación por sustitución, ya sea en España o en el extranjero, limitándose estrictamente al asesoramiento de las consecuencias legales que conllevan su práctica y, en su caso, de las opciones válidas existentes en el ordenamiento jurídico español para la filiación del menor una vez se encuentra en territorio español. La información dada no buscará promover la práctica de la gestación por sustitución sino como "salida" para aquellos padres comitentes que han realizado previamente un proceso de gestación por sustitución y desean regularizar la situación legal una vez han vuelto con el menor a España, tales como la obtención de un permiso de residencia, filiación del menor en virtud de la Instrucción de 5 de octubre de 2010 de la DGRN, adopción del menor, o la obtención de la nacionalidad española del menor, pero en ningún caso la publicidad o coordinación para el inicio del proceso de gestación por sustitución, práctica prohibida en España por la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida y por la mencionada Ley Orgánica 1/2023.

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