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Doble nacionalidad
¿Qué significa tener doble nacionalidad?
España reconoce la situación de tener la doble nacionalidad en el artículo 9.9 del Código Civil, previsto para aquellos casos en que una persona ostenta más de una nacionalidad siempre que así lo determinen los tratados internacionales.
En este sentido, los extranjeros adquieren la nacionalidad española en base a la residencia, esto es, al lugar donde han establecido su residencia como sitio preferente para hacer su día a día. También se puede adquirir la doble nacionalidad por otros supuestos, como puede ser nacional de origen de otro país (por haber nacido físicamente allí o tener un ascendiente de aquél país que le de derecho a ser también nacional de aquél país). A modo de ejemplo, si dos españoles tienen una hija en México, será mexicana de nacimiento por haber nacido en México pero también podrá tener la nacionalidad española por ser hija de españoles. En este ejemplo no tendría que renunciar a la nacionalidad mexicana para mantener la española.
Tener la doble nacionalidad implica ser reconocido por España con las dos nacionalidades, esto es, no tendrá que renunciar a su anterior nacionalidad ni deberá renunciar a la española. Además, tener dos pasaportes abre muchas posibilidades a la hora de viajar a otros países puesto que España, a día de hoy, tiene uno de los pasaportes más fuertes del mundo. Sin embargo, a veces crea un poco de confusión esta condición pues no queda lo suficientemente claro con cuál nacionalidad debemos identificarnos en España para cualquier trámite. Bien es sabido que, en la gran mayoría de los países con Convenio con España, requiere que se identifique con su pasaporte nacional al entrar en su país aunque se goce de doble nacionalidad (ejemplo de Venezuela).
Los supuestos en los que se puede gozar de doble nacionalidad, como se decía anteriormente, dependerá de la existencia de Convenio de doble nacionalidad con el otro país en cuestión. La norma general de "los países iberoamericanos" tienen Convenio con España no sería del todo cierta, pues hay países que lo son pero que no tienen dicho Convenio, como pueden ser Guyana, Haití, Jamaica o Trinidad y Tobago. Por ello es importante conocer qué países sí gozan de este beneficio con respecto a España. El listado de países es el siguiente (actualizado a día 09 de abril de 2025):
1.- Andorra.
2.- Argentina.
3.- Bolivia.
4.- Brasil.
5.- Chile.
6.- Colombia.
7.- Costa Rica.
8.- Cuba.
9.- República Dominicana.
10.- Guinea Ecuatorial.
11.- Ecuador.
12.- Filipinas.
13.- Guatemala.
14.- Honduras.
15.- México.
16.- Nicaragua.
17.- Panamá.
18.- Paraguay.
19.- Perú.
20.- Portugal.
21.-Puerto Rico.
22.- El Salvador.
23.- Uruguay.
24.- Venezuela.
25.- Francia.
Entonces, ¿qué ocurre si mi país no está en el listado?
No estar en el listado implica que España no reconoce la otra nacionalidad a la hora de adquirir la nacionalidad española y será obligatorio renunciar a la anterior nacionalidad para ser español/a. Este supuesto se puede dispensar en casos de menores de edad, quienes podrán mantener la doble nacionalidad hasta que sea mayor edad y en ese momento elegir una de las dos.
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